Este viernes el Gobierno publicó a través del Ministerio de Seguridad el nuevo cuadro tarifario correspondiente a la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación que regirá tanto para vuelos internacionales como de cabotaje.
El anuncio oficial se produjo a través de la Resolución 3, con fecha de instrumentación a partir del jueves 12 de enero, día desde el cual los pasajeros deberán abonar el gravamen siempre que embarquen en toda aeronave, ya sea comercial o no comercial, tanto en vuelos regulares, no regulares o privados.
El nuevo tributo no podrá superar el monto equivalente al 0,25% del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), aprobado por la Ley N.º 26.102 y su Decreto Reglamentario N.º 836/08 y sus modificatorios.
El costo de la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación para vuelos internacionales por cada pasajero embarcado en aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la Rpública Argentina (SNA) tendrá como base una tarifa de 1,40 dólares.
Vuelos regionales
Al igual que en los vuelos intercontinentales, el valor de la nueva Tasa de Seguridad de la Aviación tiene un precio base de USD 1,40 por cada pasajero que embarque en aeropuertos o aeródromos del SNA.
Vuelos de cabotaje
En los casos de los vuelos dentro de Argentina el monto de la Tasa de Seguridad de la Aviación es más bajo y en pesos, por cada pasajero doméstico el valor base será de $260 pesos.
¿A qué corresponde la Tasa de Seguridad de la Aviación?
La Tasa de Seguridad de la Aviación que entrará en vigencia a partir del próximo lunes 9 de enero corresponde al servicio público que brinda la PSA en los aeropuertos y aeródromos que integran el SNA contra actos de interferencia ilícita.
(Infobae)