Además de las normas contenidas en la Ley de Defensa del Consumidor (principalmente el artículo 36 sobre operaciones de crédito para el consumo) y los capítulos del código Civil y Comercial, el Banco Central de la República Argentina dictó hace algunos años la Comunicación de Protección de los Usuarios de Servicios Financieros.
Desde la Oficina de Información al Consumidor la abogada Pamela Cantero explicó cuáles son las informaciones y obligaciones que deben conocer los clientes de las entidades financieras.