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Cobro con transferencia: cómo funcionará el nuevo mecanismo para pagar en cuotas que anunció el Banco Central

por BVC
4 marzo, 2026
en Noticias
Reading Time: 4 mins read
Cobro con transferencia: cómo funcionará el nuevo mecanismo para pagar en cuotas que anunció el Banco Central
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ANUNCIO

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) presentó una nueva herramienta destinada a facilitar el pago de cuotas de préstamos, garantizando seguridad y transparencia en las operaciones. La utilización de este sistema será obligatoria para las entidades financieras a partir del 31 de agosto de 2026. Posteriormente, el alcance del servicio se ampliará para incluir pagos recurrentes de servicios públicos y otras obligaciones periódicas.

El mecanismo, denominado Cobro con Transferencia (CCT), fue definido por la autoridad monetaria como una alternativa de transferencias inmediatas que apunta a “ofrecer una solución moderna y superadora, con un enfoque riguroso en la prevención del fraude”.

Para el diseño de esta herramienta, el BCRA tomó como referencia sistemas aplicados en otros países, como Pix automático en Brasil, AutoPay en la India y PayTo en Australia, además de considerar propuestas del sector de pagos elevadas al organismo en 2025.

Cobro con transferencia: cómo funciona

El esquema incorpora la figura del aceptador de CCT, quien estará habilitado únicamente para operar bajo esta modalidad. La iniciativa busca favorecer la competencia entre los distintos prestadores y asegurar que los sistemas de transferencias inmediatas sean compatibles entre sí.

Según la Comunicación A 8406, bancos y entidades habilitadas tendrán la posibilidad de percibir pagos de préstamos en cuotas fijas e iguales durante todo el período pactado, permitiendo solo ajustes por intereses punitorios en caso de atraso o por cambios en los seguros autorizados.

Cada cuota no podrá superar el 30% del ingreso declarado por el solicitante en el momento de otorgar el crédito. Por cada vencimiento, se prevé un intento de débito y, si este resulta fallido, se autorizan dos reintentos adicionales con intervalos de 48 y 96 horas respecto de la fecha original. Es indispensable contar con el consentimiento expreso del cliente, quien deberá vincular la cuenta de la cual se descontarán los pagos.

El sistema exige, además, que los clientes reciban una notificación electrónica al menos un día hábil antes de cada débito y permite que el consentimiento pueda ser revocado en cualquier momento. El servicio quedará reservado para entidades financieras y proveedores de crédito no financieros que cuenten con la habilitación del BCRA.

La normativa dispone que el préstamo se deposite en la misma cuenta desde la que se debitarán las cuotas, salvo en los casos en que la compra de bienes involucre a un vendedor y prestamista que sean la misma firma. Además, se establece que la responsabilidad por fraudes recaerá sobre el prestamista y las operaciones no admitirán reversa.

Las principales características

  • Admite solamente el cobro de cuotas que sean fijas e iguales durante la extensión del contrato.
  • Limita la relación cuota/ingreso al 30% en la originación del crédito, para prevenir el sobreendeudamiento.
  • Establece topes en los intentos de cobro de cada cuota: un intento inicial y hasta dos reintentos (a las 48 y 96 horas), evitando prácticas abusivas.
  • Garantiza el consentimiento explícito y por única vez del cliente para debitar su cuenta previamente a la realización de los débitos de las cuotas.
  • Exige que los prestamistas notifiquen por medios electrónicos a sus clientes el día hábil previo a que el débito impacte en la cuenta.
  • Asegura la posibilidad de baja inmediata del consentimiento de las personas, tanto en el prestamista como en el proveedor de la cuenta a ser debitada.
  • Restringe el uso a entidades financieras y proveedores no financieros de crédito (PNFC) habilitados por el BCRA.
  • Define un esquema de remuneración con un arancel mínimo del 0,6% a pagar por los prestamistas y distribución proporcional entre los participantes, incentivando la competencia y la oferta del servicio.
  • Asigna la responsabilidad ante fraude al prestamista, alineando incentivos para un uso responsable del nuevo mecanismo de cobro.

FUENTE: INFOBAE

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