Carolina Recalde, presidenta de MAMA (Movimiento de Ayuda Matrimonios Adoptantes), miembro de Ser Familia por Adopción, de la Asociación Argentina de Salud Mental y del Consejo Local de Niñez, Adolescencia y Familia habló con BVC Noticias sobre los procesos de adopción y la modificación en la ley.
Detalló las herramientas que existen para quien espera, por lo que es un tema que todavía, considera, no se habla mucho.
Hoy hay una ley que fue modificada, la 14528 por la 15610, donde básicamente se pensó en los procesos de adopción en base a los niños, niñas y adolescentes.
En esta ley se modifica el tema de que el juez tiene la obligación de escuchar al niño en cualquier momento del proceso, “esto habla de que el niño es el centro de la adopción”, dijo Carolina.
Además, señaló que el niño tendrá un abogado a disposición como también que el juez tiene un plazo de 90 días, para declarar la situación de adoptabilidad, lo cual es cuando un niño es vulnerado en sus derechos dentro de su familia de origen, se trabaja con esa familia y cuando las medidas no tienen éxito se toma una medida excepcional de sacarlo de esa casa, para una familia de abrigo o un hogar proteccional. Si esas medidas no dan resultado, ahí se declara la situación de apotabilidad que significa que esos padres biológicos pierden la responsabilidad parental, por lo que no tienen derechos sobre el niño.
Destacó además que estas modificaciones están pensadas en pos de los derechos del niño y también en los derechos del trabajador, en cuanto a las licencias por adopción, por guarda por adopción, por trámites.



