El Gobierno nacional oficializó un nuevo esquema de actualización salarial para el personal de casas particulares. La medida, que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial mediante la Resolución 1/2025, establece una recomposición en los haberes mínimos del sector, tras más de medio año sin modificaciones acordadas en la mesa de negociaciones.
El incremento salarial se definió en una reunión encabezada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), en la que participaron representantes del Estado, empleadores y trabajadores. El acuerdo contempla un ajuste acumulativo del 6,5% a implementarse en etapas, con impacto desde febrero hasta septiembre de este año.
La recomposición está dividida en dos tramos. El primero implica un incremento del 3,5% sobre los valores vigentes en enero de 2025, que se liquida con los haberes correspondientes a julio. El segundo se ejecuta mediante tres aumentos mensuales consecutivos del 1% cada uno, aplicados en julio, agosto y septiembre. En cada caso, el porcentaje se calcula sobre los salarios ya reajustados, conforme las escalas actualizadas en cada mes.
Además de los aumentos porcentuales, el esquema contempla el pago de sumas no remunerativas por única vez. Para agosto, los montos serán de $9.500 para quienes trabajen más de 16 horas semanales; $6.000 para quienes cumplan entre 12 y 16 horas; y $4.000 para quienes se desempeñen por menos de 12 horas. Estos montos también se habían otorgado en julio, pero con un valor inicial más alto: $10.000, $7.000 y $4.000 respectivamente. En septiembre, se repetirán en los mismos términos que en agosto.
Las sumas extraordinarias, al no ser remunerativas, no se incorporan al cálculo del aguinaldo ni de otros adicionales como antigüedad o aportes previsionales. Sin embargo, deben abonarse junto con los sueldos del mes correspondiente, en los plazos habituales.
Cuáles serán los salarios
La actualización alcanza a las cinco categorías establecidas en el marco de la Ley 26.844, que regula el trabajo en casas particulares: supervisión, tareas específicas como cocina, trabajo en casas con vivienda incluida (caseros), asistencia a personas y tareas generales de limpieza y mantenimiento.
En cuanto a los valores concretos, los nuevos montos mínimos para el personal de la quinta categoría –correspondiente a tareas generales– quedaron definidos según la modalidad contractual. Para quienes trabajan con retiro, el valor por hora a partir de agosto asciende a $2.992,84. En cambio, aquellos que desempeñan funciones sin retiro deberán percibir al menos $3.229,09 por hora.
Esta diferencia responde a la disponibilidad horaria requerida en los casos en que la persona reside en el domicilio del empleador, lo que implica una mayor dedicación. El mismo criterio se aplica al resto de las categorías, aunque con escalas propias que no fueron detalladas en la resolución, pero que siguen el mismo esquema de porcentajes.
La resolución que fija estas condiciones fue refrendada por las áreas legales y administrativas del Ministerio de Capital Humano. Entre las firmas que validan la normativa figura la de Sara Alicia Gatti, presidenta de la CNTCP.
Este organismo, que funciona en la órbita del Ministerio, tiene la responsabilidad de definir los salarios mínimos del sector, regular condiciones laborales y proponer medidas que mejoren la situación de los trabajadores y trabajadoras en casas particulares. Sus decisiones tienen alcance nacional y carácter obligatorio.
Cabe recordar que las empleadas de casas particulares no están comprendidas dentro del régimen general de negociación colectiva, por lo que sus condiciones salariales se fijan en instancias específicas como esta. La última reunión de la comisión se había realizado más de seis meses atrás, lo que generó demoras en los ajustes.
El nuevo acuerdo busca recomponer parcialmente el poder adquisitivo del sector. Aunque los incrementos pactados no tienen efecto retroactivo sobre los meses previos a julio, sí establecen una base actualizada para los próximos meses.
Además de las subas escalonadas y el pago de sumas extraordinarias, los empleadores deben cumplir con todas las obligaciones legales vinculadas al régimen vigente. Esto incluye la registración del personal, el pago de aportes y contribuciones, y la cobertura de riesgos del trabajo.
FUENTE: INFOBAE