El Concejo Deliberante aprobó este mediodía el Convenio Colectivo de Trabajo de trabajadores municipales.
Entre los puntos más destacados, se estipula que se deberá garantizar el cumplimiento del cupo previsto para los agentes con discapacidad, como así también el cupo laboral trans, conforme a la ordenanza Nº 19.847/2019, siempre que los mismos detenten idoneidad y capacidad suficiente para la tarea a desempeñar.
Por otro lado, vale mencionar las modificaciones que se generaron en cuanto a las licencias de los trabajadores. En el caso de la licencia por descanso anual podrá ser utilizada con un mínimo de tres días de corrido.
Además, se le sumó la licencia para progenitores no gestantes, que tendrán derecho a una licencia con goce de haberes de cinco días hábiles.
Asimismo, se contempla la licencia por tratamiento de consumos problemáticos. El trabajador, tendrá derecho a percibir su remuneración íntegra durante tres meses si su antigüedad es inferior a cinco años y por seis meses si es igual o superior.
Otro de los puntos más relevantes del presente Convenio, es que se contempla el ascenso automático por permanencia. El agente que permanezca en la misma categoría por un período continuo de tres años, ascenderá automáticamente a la letra inmediata superior dentro de la categoría, conforme al escalafón vigente.