Desde la CORPORACIÓN DEL COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS de BAHIA BLANCA informaron que a través del Decreto 1027/2024 el Gobierno Nacional estableció los 3 días no laborables con fines turísticos del año 2025. Estos 3 días serán el 2 de Mayo, el 15 de Agosto y el 21 de Noviembre de 2025, respectivamente.
La Ley de Contrato de Trabajo 20.744, a su vez, establece cuál es el tratamiento de los DIAS NO LABORABLES:
Art. 167. – En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple.
En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.
En conclusión, en los DÍAS NO LABORABLES, el trabajo es optativo. Si se trabaja, se paga de forma normal, sin recargo. La decisión de trabajar o no durante un día no laborable queda a criterio del empleador, exclusivamente, y para el caso de los empleados que no trabajen durante los días no laborables, su salario se liquidará de forma normal, sin descuentos.