La jueza María Laura Pintos, interinamente a cargo del Juzgado Correccional N.º 2, condenó a Carlos Eusebio Coronel a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por haberlo encontrado responsable del homicidio culposo de Leandro Celaya, un operario que trabajaba en su empresa, realizaba tareas de poda en la localidad de Puán y murió electrocutado.
Además, se le impuso una inhabilitación especial por término de 10 años para desempeñar servicios en instalaciones eléctricas o prestar servicios a empresas vinculadas con operaciones eléctricas.
Según la causa, investigada por la UFIJ N.º 1 a cargo del fiscal Cristian Aguilar, el hecho se produjo el 26 de diciembre de 2019 en aquella localidad, cuando el responsable de la firma proveedora de servicios de poda, contratista de la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A. -ubicada en Misioneros al 400 de Bahía Blanca- envió a Puán a tres operarios para realizar tareas de poda por debajo de una línea de media tensión de 33.000 kilovoltios.
Cuando Celaya se encontraba -en cumplimiento de las órdenes de trabajo- subió a la barquilla de un camión hidrogrúa con el fin de podar con una podadora de altura, se produjo una descarga eléctrica que le provocó una fibrilación ventricular por electrocución que causó su deceso por paro cardiorespiratorio.
La fiscalía sostuvo que esa situación se produjo por el accionar imprudente y negligente del dueño de la empresa, quien no informó con antelación a la empresa prestataria de energía, para que ésta pueda realizar el debido corte de tensión.
Además, Coronel dispuso el traslado de los empleados de Bahía Blanca hasta Puán y les dio la orden para que comenzaran la actividad, todo ello sin que la empresa proveedora sacara de servicio la línea o la dejara sin tensión, lo que produjo que el obrero recibiera una descarga eléctrica y muriera en el lugar.