Jorge Otharán, titular de la OMIC y Pamela Cantero, abogada de la oficina, brindaron detalles de la situación que le tocó afrontar a un hombre de avanzada edad, a quien le aparecieron unos consumos que no realizó, pero la entidad bancaria se negó a darle la información necesaria, “Suele de suceder este tipo de cosas, el señor fue al banco, vio un importe que desconocía y el banco no le informaba de que era, le dijeron que era una transferencia y él refiere que no realiza transferencias. Vino hasta la OMIC, hizo la denuncia, citamos al banco y a lo largo del procedimiento tuvo otro importe que desconoció y tampoco le dieron respuesta. A veces sucede que las empresas no nos dan ni a nosotros esa información y es una falta a la ley 24240, por eso se multó, solo queríamos saber a qué correspondían esos descuentos”, afirmó Cantero.
Además, destacó que no solo se le cobrará una multa al banco Industrial, que es la entidad implicada, sino que se le tuvo que pagar al hombre por un daño directo que le generaron, “Hay un daño directo para el señor, que se le pagaron 149 mil pesos, que ya se le pagaron y otro importe que es la multa para la municipalidad. Salió publicado porque dentro de la ley dice que tiene que publicarse la infracción para que la gente tenga conocimiento”
“Si alguien desconoce que ese movimiento lo hizo, tendrían que brindar los datos para saber de dónde vienen los datos y si no se multa”.
Por su parte, Jorge Otharán, director de la OMIC indicó que estas situaciones son las que se ven más a menudo en la oficina y las que mayores consultas tiene, aunque pidió también que los usuarios presten atención a los manejos que hacen desde el celular o computadora, “Hoy es el tema más recurrente, todo lo que tiene que ver con bancos o financieras son los casos que llegan en mayor cantidad, pasa todos los días. En primer lugar, tienen que tomar las medidas para que esto no suceda, intentar no hacérsela tan fácil a quienes quieran cometer una maniobra fraudulenta”.
“En lo que respecta a la información, la ley es muy clara, el artículo 4 de la ley de Defensa al Consumidor es terminante en cuanto toda la relación comercial entre un usuario y prestador de servicio tiene que estar informada, cualquier información que requiera el consumidor se le debe brindar”, aseveró Otharán sobre el rol que deben cumplir las entidades bancarias ante la ley.
Por último, Cantero dio un consejo para todas aquellas personas que utilizan la tarjeta de débito y crédito, “La ley de tarjeta de crédito, dice que el consumidor tiene 30 días para desconocer algún movimiento que piensa que no lo realizó, siempre es importante controlar los resúmenes tanto de crédito como de débito porque están esos 30 días, pasado eso la tarjeta puede pensar que consiente los consumos que hay”.