La oposición consiguió el quórum necesario y así dio inicio a la sesión especial de Diputados en la que se discutió cambiar o derogar la ley de alquileres. Finalmente Juntos por el Cambio (JxC) logró aprobar su propuesta para alquileres con 125 votos a favor y 112 en contra.
Existían dos dictámenes emitidos por la Comisión de Legislación General hace más de un año: uno, el del oficialismo, que proponía mantener los puntos centrales de la actual ley que fija un plazo de tres años de contrato y una actualización anual de los alquileres en base a un índice que combina salarios e inflación, y otro, de la oposición, encabezado por JxC, que prevé reformar la ley vía modificación de los plazos de los contratos -2 años- y un esquema de ajuste cada 4 meses.
El dictamen de la mayoría, propuesto por los legisladores referenciados por Unión por la Patria, fue rechazado con 109 votos afirmativos y 131 negativos. Posteriormente, se votó el dictamen de minoría, iniciativa de autoría de Juntos por el Cambio, que fue aprobado por 125 a favor y 112 en contra.
La coalición opositora consiguió que avance su propuesta con los votos de sus diputados junto al apoyo de los legisladores de Córdoba Federal, Identidad Bonaerense, el interbloque Provincias Unidas y el bloque SER. El Frente de Todos, el Frente de izquierda y también La Libertad Avanza votaron en contra.
Para facilitar los votos, Graciela Camaño, del Interbloque Federal, y Agustín Domingo, de Juntos Somos Río Negro, negociaron introducir una modificación al intervalo de actualización de precios. Este ahora deberá ser “por intervalos no inferiores a 4 meses”.
Ley de alquileres: qué dice el proyecto aprobado
La ley de Alquileres aprobada fue impulsado por distintos partidos que conforman Juntos por el Cambio (PRO, UCR, Evolución Radical, Coalición Cívica y otros aliados). Las principales modificaciones que propone son:
- Duración: el plazo mínimo de duración de los contratos es de 2 años, volviendo al esquema anterior a la actual ley.
- Aumentos de alquileres: se establece el mecanismo de “acuerdo entre las partes” para revisar los incrementos de los precios de alquileres “por intervalos de entre cuatro (4) y doce (12) meses” y “pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices”.
- Ingreso: no podrá exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.
- Reparaciones: el propietario deberá hacerse cargo de lasreparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes.
- Cancelación de contrato: el contrato puede ser resuelto antes de que expire su plazo por parte del inquilino, pero no antes de los primeros seis meses de contrato. Si la notificación se realiza con al menos tres meses de anticipación, no corresponde pago de ninguna suma.
Fuente: Ambito Financiero